miércoles, 14 de septiembre de 2011

CALENDARIO TRIBUTARIO 2011

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

¿Quiénes declaran y pagan el Impuesto de Renta y complementarios por el año gravable 2010? Por el año gravable 2010, están obligados a presentar declaración de renta y complementarios, todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de las personas naturales o sucesiones ilíquidas enumeradas en los Artículos 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario que cumplan con la totalidad de los requisitos y condiciones establecidas para el efecto en la norma ibídem, según al grupo al que pertenezcan.

Los plazos para presentar y pagar el impuesto de renta por el año gravable 2010, por parte de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, inician el 1º de marzo de 2011 y vencen entre el 9 de agosto y el 6 de septiembre de 2011, según los dos últimos dígitos del NIT consignado en el Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, iniciando con los dígitos comprendidos entre 96 y 00, plazo que será el mismo para cancelar el impuesto en una sola cuota Para establecer si usted como persona natural es contribuyente declarante del impuesto sobre la renta y complementarios o no, deberá tener en cuenta:
1- Establecer a qué grupo pertenece, a saber:
1.1- Personas naturales de menores ingresos.
1.2- Trabajadores independientes, o
1.3- Asalariados.

2- Si es o no responsable del impuesto sobre las ventas.
3- El valor del patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2010.
4- El monto de sus ingresos brutos o totales.
5- El monto de los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año gravable 2010.
6- El monto total de compras y consumos durante el año gravable 2010.
7- El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el respectivo año gravable 2010.

 La presentación y pago de este impuesto se puede efectuar:

 1) Si la persona cuenta con certificado de firma digital, declarará y pagará su declaración a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN.,
2) Si por el contrario, el contribuyente no cuenta con sistema de firma digital, y está obligado a declarar en forma electrónica, deberá acercarse a la DIAN, a efectos de que se le expida el correspondiente certificado,y diligenciar el formulario electrónico, utilizando el programa de ayuda que ofrece esta Entidad en su portal,
 3) Si no está obligado a declarar en forma electrónica, deberá adquirir el formulario en un punto autorizado para la venta de formularios litográficos, diligenciarlo, firmarlo, presentarlo ante la entidad financiera y efectuar el pago del impuesto a cargo con las sanciones cuando haya lugar.

 Los contribuyentes del impuesto a la renta que están obligados a declarar y pagar por el año gravable 2010 este tributo, deberán tener en cuenta los lugares y plazos señalados en el Decreto 4836 de 2010, y su modificatorio, Decreto 358 de 2011, a su vez el equivalente de la Unidad de Valor Tributario (UVT) vigente, la cual se estableció para el 2010 en $ 24.555.
Como persona natural usted podrá establecer el grupo al que corresponde, de acuerdo con la siguiente información, y teniendo en cuenta que para hallarse obligado a declarar, basta con que cumpla uno de los requisitos abajo señalados.

CONTRIBUYENTES DE MENORES INGRESOS OBLIGADOS A DECLARAR IMPUESTO DE RENTA AÑO GRAVABLE 2010 Cifras en millones de pesos Rangos en UVT*
Año gravable 2010

PATRIMONIO BRUTO que exceda 4.500 UVT 110.498.000 I
NGRESOS BRUTOS igual o superior a 1.400 UVT 34.377.000
CONSUMOS TARJETAS DE CRÉDITO que exceda 2.800 UVT 68.754.000
 COMPRAS Y CONSUMOS que exceda 2.800 UVT 68.754.000
 CONSIGNACIONES BANCARIAS, DEPÓSITOS O INVERSIONES FINANCIERAS que exceda 4.500 UVT 110.498.000

ASALARIADOS OBLIGADOS A DECLARAR IMPUESTO DE RENTA AÑO GRAVABLE 2010 Cifras en millones de pesos Rangos en UVT*
Año gravable 2010

PATRIMONIO BRUTO que exceda 4.500 UVT 110.498.000
INGRESOS TOTALES SUPERIORES que exceda 4.073 UVT 100.013.000
 CONSUMOS TARJETAS DE CRÉDITO que exceda 2.800 UVT 68.754.000
COMPRAS Y CONSUMOS que exceda 2.800 UVT 68.754.000
VALOR TOTAL ACUMULADO DE CONSIGNACIONES BANCARIAS, DEPÓSITOS O INVERSIONES FINANCIERAS que exceda 4.500 UVT 110.498.000

TRABAJADORES INDEPENDIENTES OBLIGADOS A DECLARAR IMPUESTO DE RENTA AÑO GRAVABLE 2010 Cifras en millones de pesoS Rangos en UVT*
Año gravable 2010

 PATRIMONIO BRUTO que exceda 4.500 UVT 110.498.000
 INGRESOS TOTALES SUPERIORES que exceda 3.300 UVT 81.032.000
 CONSUMOS TARJETAS DE CRÉDITO que exceda 2.800 UVT 68.754.000
COMPRAS Y CONSUMOS que exceda 2.800 UVT 68.754.000
 VALOR TOTAL ACUMULADO DE CONSIGNACIONES BANCARIAS, DEPÓSITOS O INVERSIONES FINANCIERAS que exceda 4.500 UVT 110.498.000

 EN EL SIGUIENTE ENLACE ENCONTRARA MAS INFORMACION SOBRE LOS PLAZOS QUE DA LA DIAN PARA PAGAR http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2011/Paquete_Tributario_2011.pdf

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