viernes, 14 de octubre de 2011

SANCIONPOR NO EXHIBIR EL RUT EN UN LUGAR VISIBLE AL PUBLICO


Los responsables del impuesto a las ventas pertenecientes al régimen simplificado están en la obligación de exhibir una copia del Rut en un lugar visible al público, y en caso de incumplir con esta obligación, se exponen a ser sancionados con el cierre del establecimiento de comercio por tres días.
El estatuto tributario colombiano en su artículo 658-3 contempla una serie de sanciones por el incumplimiento de obligaciones relacionadas con el Rut y una de esas sanciones trata específicamente de la exhibición del Rut en un lugar visible al público:
Sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en el Rut y obtención del Nit
(…)
2. Sanción por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el Registro Unico Tributario, RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del IVA.
Se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de tres (3) días.
(…)
Como se puede advertir, la sanción por no exhibir una copia del Rut en que sea visible al público consiste en el cierre del establecimiento de comercio por un término de 3 días, días que en nuestro criterio son calendario ya que si la ley no especificó nada al respecto, se entenderá que los plazos son días calendarios.

fuente www.gerencie.com









Los responsables del régimen simplificado deben exhibir el Rut en lugar visible público



Toda persona natural que pertenezca al régimen simplificado en el impuesto a las ventas está obligada a exhibir el Rut en un lugar visible al público.
Una persona natural que comercialice bienes gravados con el impuesto a las ventas o preste servicios gravados con este impuesto y cumpla con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, debe inscribirse en el Rut donde constará su responsabilidad en el impuesto a las ventas pero clasificado en el régimen simplificado.
Además de estar inscrito en el Rut, el responsable debe exhibirlo en un lugar visible al público según lo establece el numeral 4 del artículo 506 del estatuto tributario. Esto como medida de control adoptada por el estado para evitar de alguna forma la evasión del Iva o el fraude, ya que en no son pocas las personas naturales que perteneciendo el régimen simplificado cobran Iva a sus clientes y se quedan con él, de modo que el exhibirse el Rut en un lugar visible, el cliente tendrá clara la responsabilidad de la persona a la que le está comprando.
Esta es quizás la principal obligación por la que son sancionados los responsables del Iva pertenecientes al régimen simplificado, puesto que es una obligación en la que es muy sencillo advertir su incumplimiento. Basta una simple visita de rutina para que la Dian se entere que determinada persona no cumple con lo mandado por la ley.

viernes, 7 de octubre de 2011

Contrato de promesa de compraventa de vehículo o motocicleta


Con la facilidad que se está vendiendo y comprando vehículos nuevos y usados, es muy facil comprometerse a comprar, pero también muy fácil a imcumplir. Por ello, si se van a pactar aspectos particulares como formas de pago, fechas de entrega del vehículo, fechas para suscripción del traspaso, etc., lo mejor es dejar todo por escrito.



Contrato de promesa de compraventa de carro omotocicleta


____________________ mayor de edad, con domicilio permanenteen la ciudad de ciudad de ______ de estado civil _______, identificado concédula de ciudadanía número _________ quien para efectos de éste contrato sedenominará el PROMITENTE  VENDEDOR, por una parte y por la otraparte ____________________ mayor de edad y con domicilio en la ciudad de _______de estado civil ________, identificado con la cedula de ciudadanía número ___________quien para efectos de este contrato se denominará el PROMITENTE COMPRADOR, manifestaron que ha decidido celebrar uncontrato de PROMESA DE COMPRAVENTA de un vehículo tipo ___________ (automóvil, motocicleta,tractor, camioneta, etc.), en adelante la promesa, se regirá por la siguientecláusulas:

PRIMERA.-OBJETO: El PROMITENTE VENDEDOR promete vender al PROMITENTECOMPRADOR y éste promete comprar el bien vehículo que se describe acontinuación:
Vehículo tipo: _________________
Placas: ___________
Motor: n. ____________________
Chasis: n. ____________________
Color: _______________________
Prendas o embargos a favor de: ______________________

SEGUNDA.-TITULO: El vehículoanterior, fue adquirido por el PROMITENTE  VENDEDOR mediante (compra, dación, sucesión,prescripción adquisitiva) el pasado _________________ (Fecha en que el comprador compró, aunque no esobligatorio éste dato en el caso de los vehículos).

TERCERA.-PRECIO: El precio deVenta prometida es la suma de __________________ ($___________, oo), que el PROMITENTE COMPRADOR pagará al PROMITENTE VENDEDOR de la siguiente manera: _______________  (Se determina si es a la firma de esta promesa o almomento de suscribir los formularios de traspaso o una vez esté inscrito elrespectivo traspaso, o a plazos no se debe olvidar que la promesa es un acuerdode voluntades).

CUARTA.-FECHA DE TRASPASO: Las partes aquí presentes, acuerdan firmar losrespectivos formularios de traspaso, el día _______________, en las Oficinasdel Tránsito Municipal o Distrital de la ciudad de __________.

QUINTA.-CLAUSULAPENAL: EL PROMITENTE  VENDEDOR y el PROMITENTE COMPRADOR acuerdan como cláusula penal porincumplimiento a lo aquí acordado el _______ (__%) del valor de la venta, óseala suma de ________________ DE PESOS M/CTE ($________.oo).----------------------------------

SEXTA.-PRORROGA: El plazopara la celebración del traspaso, como los valores del negocio jurídico antesmencionados, la cláusula penal y demás estipulaciones aquí pactadas, pueden prorrogarseo modificarse de común acuerdo por las partes, el cual deberá constar porescrito.

SEPTIMA.-ENTREGA: El día ____________________ (puede ser, en la firma de ésta promesa o en la firmade formularios de traspaso o una vez esté debidamente efectuado el traspaso depropiedad) el PROMITENTE  VENDEDOR se obliga frente al PROMITENTE COMPRADOR a entregar el vehículoal PROMITENTE COMPRADOR libre deembargos, pignoraciones o prendas, pleitos pendientes, demandas civiles,gravámenes, etc., además, a paz y salvo por todo concepto de impuestos porrodamiento y cualquier otro concepto tributario, a salir al saneamiento de laventa en los casos de ley que resulte en contra del derecho de dominio quetrasferirá al PROMITENTE COMPRADOR,así como a responder por los perjuicios que tales acciones llegaren a causar alPROMITENTE COMPRADOR. 

OCTAVA.-GASTOSDE TRASPASO: Los gastos con ocasión al traspaso de propiedad, seránsufragados así: Matrículas o Inscripciones de propiedad y nuevas prendas opignoraciones sobre el vehículo, lo pagará el PROMITENTE COMPRADOR. Los gastos ocasionados al momento de latrasferencia respecto al levantamiento de pendientes, multas o infracciones,moras, impuestos anteriores, prendas o pignoraciones anteriores y los impuestospor venta que se ocasionen, serán a cargo del PROMITENTE  VENDEDOR (Recuerde que lo anteriores un modelo, pues se puede variar, ya que es un acuerdo de voluntades).

NOVENA.-MERITOEJECUTIVO: Las partes declaran que éste documento presta mérito ejecutivo para la efectividadde las obligaciones en el contraídas.

DÉCIMAPRIMERA. CESION: Las Partes se comprometen a no ceder ni parcial, nitotalmente las obligaciones contenidas en el presente contrato, sinautorización previa y por escrito del contrato concedido. Si contravinierenesta disposición, la cesión no tendrá efectos jurídicos y por tanto no exime deresponsabilidad a quien la haya realizado sin autorización de la otraparte.  

DÉCIMASEGUNDA. NOTIFICACIONES: Para todos los efectos de esta promesa decompraventa, las direcciones de notificación del PROMITENTE COMPRADOR y el PROMITENTE  VENDEDOR serán las siguientes:
PROMITENTE  VENDEDOR en la ___________ de la ciudadde ______, al PROMITENTE COMPRADORen la ___________ de la ciudad de _______.

Para constancia el presente contrato se firma en laciudad de _________, a los _______ (__) días del mes de ________ del año dosmil _____, en dos ejemplares del mismo valor cada uno de ellos con destino acada una de las Partes.

El PROMITENTE VENDEDOR                  ELPROMITENTE COMPRADOR



__________________________                            ________________________
C.C. _________________                                      C.C.________________

¿Cuánto tiempo tienen la Dian para revisar mi declaración de renta?


Con cuanto tiempo cuenta la Dian para revisar la declaración de renta es una preocupación común en todos los contribuyentes declarantes, lo que convierte esta inquietud en una de las más recurrentes en Gerencie.com.
Principio general
Generalmente la Dian cuenta con 2 años para revisar y cuestionar la declaración de renta según el artículo 714 del estatuto tributario. Esos dos años se cuentan desde la fecha límite que fija el gobierno para presentar la declaración o desde la fecha de presentación de la declaración si esta se presentó por fuera de la fecha límite fijada por el gobierno nacional.
Supongamos que el plazo para declarar renta por el año gravable 2009 fue el 15 de de mayo de 2010.
Si el contribuyente presentó la declaración el 10 de abril de 2010, los dos años se cuentan desde el 15 de mayo de 2010.
Si el contribuyente presentó la declaración el 20 de agosto de 2010, los dos años se cuentan desde el 20 de agosto de 2010.
Pero hay casos muy especiales donde la Dian tiene un tiempo diferente para revisar la declaración de renta. Ese tiempo puede ser inferior a dos años o hasta 5 años. Veamos.
Compensación de pérdidas fiscales
Cuando el contribuyente determina o compensa una pérdida fiscal, la Dian podrá revisarla y cuestionarla durante los 5 años siguientes a la fecha de su presentación según lo contempla el artículo 147 del estatuto tributario.
Por ejemplo si en el 200 se generó una pérdida fiscal  y se compensa en el 2010, tanto  la declaración del 2009 como la del 2010 alcanzarán su firmeza 5 años después de su presentación.
Beneficio de auditoría
Cuando el contribuyente cumple los requisitos del artículo 689-1 del estatuto tributario para acogerse al beneficio de auditoría, la firmeza de la declaración puede alcanzarse a los 6, 12 o 18 meses según su nivel de tributación. Consulte: Beneficio de auditoría año gravable 2010, Cambios en el beneficio de auditoría.
Declaraciones que arrojan saldo a favor
A la luz del artículo 714 del estatuto tributario cuando una declaración arroja un saldo a favor, la firmeza se alcanza 2 años después de presentarse la solicitud de devolución o compensación. Es decir que no se toma como referencia la fecha de presentación o la fecha de vencimiento del plazo para declarar, sino que se toma la fecha en que se presenta la solicitud de compensación o devolución.

fuente www.gerencie.com

¿Quiénes deben declarar virtualmente desde noviembre?


Las personas naturales que en 2010 fueron responsables de IVA o agentes de retención, y que en ese año obtuvieron por primera vez $500 millones o más de ingresos brutos, pudieron presentar su declaración de renta en papel durante agosto de 2011, pero tres meses después deben empezar a declarar virtualmente.